Proteger los derechos humanos sobre los intereses empresariales: el pendiente del sexenio

 

Una regulación en materia de debida diligencia en derechos humanos y ambiental debe ir en paralelo con una política pública que la respalde y con congruencia con los compromisos nacionales e internacionales de sustentabilidad.

 

Desde el inicio del sexenio del presidente López Obrador, el gobierno federal ha impulsado distintos proyectos de inversión como el Tren Maya1 en el sureste del país y el Proyecto Integral Morelos, por mencionar algunos de ellos. Sobre el primero, el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 establece que es el proyecto regional más importante de infraestructura, desarrollo socioeconómico y turismo del sexenio y que con él se busca impulsar el desarrollo sostenible y proteger el medio ambiente de la zona.2 Nada más alejado de la realidad.

 

Todos estos proyectos más que impulsar el desarrollo sostenible y proteger el medio ambiente, benefician a ciertas élites empresariales y resultan en la concatenación de una serie de violaciones de derechos humanos: desde riesgos de daños ambientales causados por la contaminación, hasta la vulneración del derecho de las comunidades indígenas a no ser desalojadas de sus tierras. Es fundamental que de manera previa a iniciar los proyectos de ‘desarrollo’ se establezcan e implementen procesos de debida diligencia para asegurar y garantizar que las empresas que realizan estos proyectos respeten los derechos humanos y el medio ambiente. No se puede apelar a un desarrollo sostenible sin respetar los derechos humanos y sin proteger al medio ambiente.

 

Apenas el pasado 10 de diciembre -y con un año de retraso-, la Secretaría de Gobernación (SEGOB) publicó el Programa Nacional de Derechos Humanos 2019-2024 (PNDH).3 No existía ningún documento de política pública ni un ordenamiento normativo obligatorio que garantice el respeto a los derechos humanos específicamente por parte de las empresas e inversionistas en el país. El documento traza una ruta general en ese sentido.

 

El desarrollo del PNDH se llevó a cabo con varios tropiezos, con titulares y funcionaries de la Dirección General de Política Pública de Derechos Humanos de la SEGOB dejando los cargos a meses de iniciarlos. En agosto de 2019, con el apoyo económico de la OACNUDH México, y con la coordinación de SEGOB y del Grupo Focal de Sociedad Civil sobre Empresas y Derechos Humanos se realizó un foro en Monterrey, Nuevo León sobre los derechos humanos en el contexto empresarial.

 

En el foro, las comunidades afectadas por proyectos empresariales y organizaciones de la sociedad civil compartieron sus comentarios en materia ambiental y de derechos humanos, pero la dependencia no definió una ruta para integrar sus insumos a los borradores o entregar productos finales.

 

Aunque esta política fue realizada en medio de procesos opacos y deficientes, principalmente por la falta de participación sustantiva de comunidades y por cuestiones de contenido, llama la atención que se haya incorporado la estrategia prioritaria orientada a prevenir y disminuir los impactos negativos de la actividad empresarial pública, privada o mixta. Esta prevé, entre otras cosas, el impulso a la creación de mecanismos de debida diligencia en derechos humanos para estos sectores, el fortalecimiento de procesos de evaluación de impacto ambiental y social con participación de comunidades, fortalecimiento de procesos de alerta sobre casos de abusos de derechos humanos, corrupción y, malas prácticas, de forma segura y anónima. También se suman estrategias relevantes sobre el refuerzo de los derechos laborales y el respeto a los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales de pueblos indígenas.

 

El reto ahora es traducir estás líneas estratégicas en acciones con resultados concretos, en un contexto en el que también hay dos acuerdos comerciales como el T-MEC, ratificado, y el Acuerdo Global con la Unión Europea, con negociación concluida, y en un marco donde el fenómeno de la captura corporativa del Estado se hace presente.

 

Existen otros intentos, muy limitados, por acotar el poder corporativo.  El 6 de octubre de este año, el senador Germán Martínez presentó la iniciativa para crear la Ley General de Responsabilidad Empresarial y Debida Diligencia Corporativa (LGREDD).4

 

La LGREDD tiene entre sus objetivos reglamentar disposiciones de la Constitución Federal relativas al desarrollo nacional y determinar las reglas para normar la conducta responsable de las empresas, con el fin de que éstas eviten y en su caso mitiguen los impactos negativos, entre otros, sobre los derechos humanos y el medio ambiente.5

 

La LGREDD establece algunas cuestiones importantes que se necesitan para responsabilizar a las empresas por sus abusos a los derechos humanos, como señalar los supuestos en los que existirá responsabilidad empresarial por afectaciones a los derechos humanos6. Sin embargo, la LGREDD carece de una perspectiva integral de derechos humanos y de género, así como adolece de la falta de participación de comunidades afectadas y organizaciones de la sociedad civil expertas en la materia en el desarrollo de su texto y de sus disposiciones. Por ejemplo, el mecanismo de debida diligencia que establece la LGREDD solamente prevé la participación de las personas títulos y/o representantes de los derechos afectados en la elaboración de una política de priorización en la que se identifique y jerarquice la gravedad de los impactos que se puedan tener y no7, en otras etapas como la identificación de actividades que producen impactos negativos.8

 

Una regulación en materia de debida diligencia en derechos humanos y ambiental debe ir en paralelo con una política pública que la respalde y con congruencia con los compromisos nacionales e internacionales de sustentabilidad.

 

Ahora, con un nuevo titular de la Unidad para la Defensa de los Derechos Humanos de la SEGOB9 y el PNDH recientemente publicado, esperamos ver con mucha mayor atención a la problemática del contexto empresarial y su impacto en los derechos humanos en las políticas que se desarrollen y en su implementación, incluyendo los laborales, a la salud y al medio ambiente sano, alcanzando la justicia climática y con transversalización de la perspectiva de género e interseccional.

 

Es fundamental que una vez publicado el Programa Nacional de Derechos Humanos, con una perspectiva de obligaciones de rendición de cuentas empresarial, avancemos hacia un marco jurídico obligatorio y que en este proceso, al igual que en el construcción de  políticas públicas, se cuente con la participación de las comunidades y organizaciones de la sociedad civil expertas y que cuentan con experiencia para identificar y analizar las políticas y disposiciones que puedan vulnerar o limitar el ejercicio de los derechos humanos, como lo es precisamente el derecho a la participación y a una reparación integral.

 

* Ivette González (@IGR11) y Paulina Madero (@paulinamaderos) son asociadas de vinculación estratégica y campañas de incidencia en @PODERlatam.

 

Este artículo fue publicado en El Plumaje de Animal Político.

 

  1. PODER, ‘ El negocio del Tren Maya’ Diciembre 3 2020. Disponible aquí.
  2. Disponible aquí.
  3. Programa Nacional de Derechos Humanos 2020-2024. DOF 10/12/20. Disponible aquí.
  4. Iniciativa mediante la cual se crea la Ley General de Responsabilidad Empresarial y Debida Diligencia Corporativa, Disponible aquí.
  5. Ibid Artículo 1.
  6. Ibid Artículo 6.
  7. Ibid Artículo 31
  8. Ibid Artículo 33.
  9. Enrique Irazoqe Palazuelos es el nuevo titular de la Unidad para la Defensa de los Derechos Humanos de SEGOB a partir del 12 de octubre 2020.