Inversión de capital y rechazo comunitario: caso Almaden Minerals en Puebla

¿Dónde está la responsabilidad de los inversionistas al financiar proyectos que abusan de derechos humanos? El respeto a los derechos humanos por las empresas debe de ser material para todos los inversionistas, lo que por ahora no es una obligación en las leyes locales y que debería de ir más allá de los valores morales.

Existen procesos comunitarios de defensa contra megaproyectos, que inspiran. Uno de ellos es el de una comunidad nahua que ha logrado mantener a raya a corporaciones gigantes que pretenden arrebatarles la tierra y el territorio. En el marco de estos procesos existen diferentes actores y uno de los que poco se habla, pero que es fundamental visibilizar, es el papel de los inversionistas que financian proyectos que abusan derechos humanos.

El cuarto proyecto empresarial que llega a la zona de la Sierra Norte de Puebla y es rechazado por sus habitantes y por las autoridades es el “Proyecto Ixtaca» (PI) de la canadiense Almaden Minerals Ltd.1 2 Las estratagemas de las empresas para instalarse en el sitio, obtener inversión inicial para sus proyectos, disfrazarse de responsables socialmente, trabajar con información privilegiada y otros aspectos de captura corporativa del estado, no fueron suficientes. El proyecto hidroeléctrico de Grupo México en Olintla en 2013, el proyecto minero del magnate Carlos Slim con la minera Frisco en Tetela de Ocampo en 2012 y el proyecto de la minera China JDC en Zautla en 2012, han tenido que retirarse gracias a la articulación y procesos de lucha comunitaria. Todos ellos llamados “proyectos de muerte» por los grandes riesgos y afectaciones a la vida, agua, cultura, bienes comunes naturales, economía y otros derechos de las comunidades indígenas que ahí habitan y a donde se suma ahora el PI.

En diciembre de 2020, la SEMARNAT resolvió3 4 negar la autorización solicitada en materia de impacto (MIA-R) para el proyecto denominado “Proyecto de Explotación y Beneficio de Minerales Ixtaca» de la Minera Gorrión, única subsidiaria de Almaden y con concesión para desarrollar un proyecto de minería a cielo abierto de oro y plata en la Sierra Norte de Puebla. Dicho proyecto no ha avanzado más allá de la exploración avanzada. Los factores de este freno son diversos y pasan principalmente por la inquebrantable voluntad y lucha de la comunidad organizada y, por otro lado, por las propias operaciones, los procesos administrativos de gobierno estatal y federal, y por las imprecisiones y distorsiones en los reportes de la empresa5 para obtener permisos y concesiones.

Una particularidad de este proyecto es la falta de transparencia hacia sus inversionistas. Los principales tenedores de acciones son6: Euro Pacific Asset Management, LLC (con oficina principal -op- en EUA) y Mirae Asset Global Investments Co. Ltd (op Corea del Sur), con acciones de alta capitalización, y Konwave AG (op Suiza) y Sprott Asset Management LP (op Canadá), de baja capitalización. Todas ellas tienen de de uno a más de tres millones de acciones ordinarias.

Estos y otros inversionistas institucionales deberían de abstenerse de financiar proyectos que violan derechos humanos, los cuales no son negociables bajo ninguna circunstancia, y dadas las implicaciones materiales que en ocasiones se evaden en los análisis de riesgo financiero y de sustentabilidad, inclusive si la empresa y los portafolios en donde invierten toman en cuenta factores Ambientales, Sociales y de Gobernanza (ASG).

Por inversionistas institucionales (inversionistas) nos referimos a aquellas entidades que reúnen dinero y lo invierten a nombre de otras personas para comprar bienes, otorgar préstamos y comprar otros activos para inversión y pueden ser bancos, fondos de pensiones, mutuos y de cobertura, aseguradoras y administradoras de activos, entre otros.

Por otro lado, la materialidad es definida como información relevante para la toma de decisión de una empresa o sus inversionistas. Esta puede ser cualitativa y cuantitativa, y con contenido diverso, desde asuntos financieros, hasta sociales y ambientales. La materialidad conlleva operaciones de la empresa que pueden causar un impacto positivo o negativo en el mundo y, por lo tanto, es relevante la forma y el fondo sobre cómo se reporta, comunica y evalúa.

Para los inversionistas y analistas es cada vez más importante tomar en cuenta los factores ASG porque impactan en la situación y el desempeño financiero. Pero también hay definiciones legales de materialidad y que deben ser tomadas en cuenta, dado que las omisiones en los reportes o en los estados financieros también pueden tener impactos materiales. Aquí surge la cuestión sobre si el respeto a los derechos humanos por las empresas debe de ser material para todos los inversionistas, lo que por ahora no es una obligación en las leyes locales y que debería de ir más allá de los valores morales.

Esto apunta a la necesidad de que el gobierno mexicano solicite cumplir con mecanismos obligatorios de debida diligencia en derechos humanos (MODDD), como mecanismo continuo de gestión, que incorpore evaluaciones de impacto en derechos humanos y ambientales de una manera integral y preventiva para otorgar permisos para operar o una concesión. La falta de MODDD por parte de las empresas genera impactos materiales para los inversionistas. En el caso de Almaden, con la reciente resolución de la SEMARNAT se pueden mencionar algunos de estos que no han sido transparentados a sus inversionistas7:

  • La continuidad de las operaciones de Almaden está en juego. Hoy no se pueden llevar a cabo actividades fundamentales, como la exploración, explotación y construcción por no contar una MIA-R aprobada.8
  • El Informe Preventivo (IP) de la empresa ha expirado, por lo que las actividades de exploración no pueden llevarse a cabo hasta que la empresa presente y las autoridades aprueben un nuevo IP. Almaden ha informado en repetidas ocasiones a sus accionistas que la exploración y el desarrollo del yacimiento de Ixtaca continúan a buen ritmo, sin mencionar que los procedimientos legales en México amenazan el proyecto.
  • Las comunidades afectadas están en acción para detener el proyecto.9 10 Sin embargo, Almaden omite esto y hace referencia a supuestas “relaciones positivas con las comunidades locales”.
  • La previsible cancelación del proyecto probablemente tendría un impacto financiero significativo en la empresa, pues es el único proyecto de explotación que tiene.

Los impactos negativos de las operaciones empresariales vinculadas a la actividad extractiva, como el cambio climático, asesinatos a personas defensoras, contaminación de fuentes de agua, esclavitud moderna, entre otros, y los impactos financieros que surgen como consecuencia de ellos, han llevado a grandes inversionistas a hacer declaraciones públicas, llamamientos a los gobiernos y solicitudes a los consejos de administración de las empresas para detener y abordar estos problemas. Un ejemplo es el llamado11 por parte de 105 inversionistas con cinco billones de activos bajo gestión, para que los gobiernos implementen MODDD para las empresas. Es decir, que hay inversionistas que comienzan a escuchar, entienden la problemática para una diversidad de partes y comprenden que ya no es posible seguir haciendo negocios de la manera tradicional.

Hasta ahora en México no se ven claras las obligaciones, responsabilidades y sanciones, para lograr que ninguna operación o actividad empresarial con fondos nacionales o extranjeros esté por encima de los derechos humanos y el medio ambiente (dhyma).

Los inversionistas institucionales deben de usar su influencia para que las empresas en las que invierten aseguren la protección y respeto a los derechos humanos. Los inversionistas son actores relevantes por el poder económico y financiero que tienen. Si quieren cuidar la sostenibilidad de sus inversiones entonces tienen que asegurar que las empresas que les están generando valor hagan debida diligencia y cumplan con normativas, principios y estándares de respeto a los derechos humanos.

Obtener la información de las propias empresas y de los propios analistas no es suficiente. Es necesario que los inversionistas aseguren que las empresas en las que invierten tengan mecanismos de acercamiento activo hacia las comunidades y grupos que resultan alcanzadas por las actividades empresariales, incluyendo sus cadenas de valor. Deben tener mecanismos de consulta y recepción de información de organizaciones de la sociedad civil y/o comunidades que abogan por el respeto a los derechos humanos y ambientales. Esto es fundamental para obtener información de primera mano del contexto social general que pueda alimentar su decisión de invertir o de retirar su inversión en casos de violaciones a los derechos humanos o una falta de debida diligencia efectiva.

Las personas habitantes de Ixtacamaxtitlán tienen décadas en procesos de defensa junto con organizaciones sociales.12 Si un proyecto es rechazado por la comunidad o por grupos impactados negativamente, por más intentos que haga una empresa de obtener permisos estará por siempre bajo la incertidumbre de las posibles acciones sociales, legales y judiciales que muy posiblemente impacten en su sustentabilidad a cualquier plazo. Resulta prudente valorar si se quiere invertir o mantener una inversión que no es, desde su base, responsable y, por lo tanto, con poca perspectiva positiva, que oculta información a las comunidades alcanzadas con el proyecto, a la ciudadanía en general, a las autoridades y a sus inversionistas.

* Miguel Ángel Soto (@Miguel_STrev) e Ivette González (@IGR11) son director y asociada senior de vinculación estratégica y campañas de incidencia, respectivamente, en Proyecto sobre Organización, Desarrollo, Educación e Investigación (@poderlatam).

Este artículo fue publicado en El Plumaje de Animal Político.

  1. PODER. Minería canadiense en Puebla y su impacto en derechos humanos. 2107. Disponible aquí.
  2. PODER. Los Beneficiarios Reales de las Industrias Extractivas en México. Minería e Hidrocarburos. (2019)
  3. Resolutivo SEMARNAT. Diciembre, 2020. Disponible aquí.
  4. Disponible aquí.
  5. Disponible aquí.
  6. De acuerdo a S&P Market Intelligence.
  7. Ibid iii
  8. Ibid iii
  9. Ibid iv
  10. PODER. (2020). Minería en Ixtacamaxtitlán. 15 de febrero 2021, de Proyecto sobre Organización, Desarrollo, Educación e Investigación (PODER). Disponible aquí.
  11. Investors with US$5 trillion call on governments to institute mandatory human rights due diligence measures for companies. (2020, 21 abril). Recuperado 1 de octubre de 2020. Disponible aquí.
  12. Centro de Estudios para el Desarrollo Rural (CESDER), Instituto Mexicano para el Desarrollo Comunitario (IMDEC), Unión de Ejidos y Comunidades en Defensa de la Tierra, el Agua y la Vida Atcolhua, Consejo Tyat Tlatli, Proyecto sobre Organización, Desarrollo, Educación e Investigación (PODER) y Fundar Centro de Análisis e Investigación.