Green, pink, blue washing o ¿por qué necesitamos mecanismos obligatorios para detener la impunidad corporativa?

Empresas recurren a prácticas de simulación con el objetivo de aparentar ante sus inversionistas y personas consumidoras que toman medidas de responsabilidad social.

La creciente concientización, organización social y política, y la educación de las personas usuarias y consumidoras, junto a movimientos sociales y sindicatos, han surgido como una fuerza para que más empresas e inversionistas se vean obligadas a escuchar las demandas de la población y pensar en tomarse en serio sus obligaciones en materia ambiental y social y ambiental.

Con este contexto, la agenda de empresas y derechos humanos es más visible a nivel internacional, regional y nacional; pero las medidas que se han tomado no han sido suficientes. La pandemia evidencia las asimetrías de poder y la debilidad de los marcos regulatorios existentes: el número de personas que viven en pobreza extrema aumentará en 150 millones en 2021 según el Banco Mundial, pero al mismo tiempo algunas élites se han visto beneficiadas de manera desproporcionada.1

Por esto es importante revisar las acciones y narrativas alrededor del lavado de responsabilidad corporativa. Esto es, develar cómo las empresas recurren a prácticas de simulación solamente con el objetivo de aparentar ante sus inversionistas y personas consumidoras que toman medidas de responsabilidad social, y con esto enfrentarnos al fenómeno conocido con los  anglicismos de blue, green, pink y rainbow washing.

El bluewashing es un término que se utiliza para señalar a aquellas empresas que por lo general cuentan con alguna certificación de sustentabilidad, con la que sostienen que tienen una acreditación por parte de las Nacionales Unidas o por algún trabajo de promoción ambiental, prácticas por el respeto a derechos laborales, el respeto y protección a los derechos humanos y el combate a la corrupción.2 Estas prácticas evidencian que estas certificaciones -que en su gran mayoría dependen de una implementación voluntaria y sin mecanismos de monitoreo ni evaluación- realmente se tratan de campañas de relaciones públicas y mercadotecnia en las que las empresas buscan la aceptación de las personas consumidoras y el público en general.

Por otro lado, el greenwashing consiste en que las empresas que dañan e impactan el medio ambiente realicen campañas con el objetivo de aparentar ser “eco-friendly (amigables con el medio ambiente)” ante terceras, cuando en la realidad causan afectaciones a miles de personas y a comunidades en nuestro país.

Un ejemplo de ello es la reciente Política General de Derechos Humanos de Grupo México, con la que la que este grupo empresarial señala que “promueve el respeto de los derechos humanos y una serie de compromisos como establecer una comunicación franca y transparente para incluir el desarrollo de estrategias que ayuden a comprender las necesidades y oportunidades para el desarrollo de capital social, el cuidado al medio ambiente y el respeto de los derechos humanos”.3 Sin embargo, siete años después del derrame de 40 millones de litros de desechos tóxicos y metales pesados desde la mina Buenavista del Cobre, subsidiaria de Grupo México, sobre los ríos Sonora y Bacanuchi ocurrido el 6 de agosto de 2014 (el desastre ambiental minero más grande de la historia en México), las comunidades del Río Sonora no han tenido acceso a una reparación integral por los daños causados a su salud y al medio ambiente, es decir, a sus derechos humanos.4

Otros términos son el pinkwashing  y el rainbow-washing que consisten en que las empresas utilicen la lucha por la igualdad sustantiva de las mujeres y el apoyo a la comunidad LGBTIQ+ como parte de sus logos, su imagen y mercadotecnia en un supuesto apoyo a éstas poblaciones que históricamente han sido vulneradas, pero en la realidad no implementan acciones ni políticas reales como es el combatir la violencia de género en el espacio de trabajo o establecer políticas que prohiban la discriminación.5 Por ejemplo, casos de transfobia en empresas de seguros, reportes en lo que personas que conducen Uber niegan transporte a personas transgénero, denuncias a Volaris y Médica Sur por Serofobia, entre otras.6 La pandemia incrementó este tipo de abusos a los derechos humanos cometidos por empresas.

En su publicidad, empresas como Amazon se presentan7 como una gran familia donde la base trabajadora se muestra feliz, cuidada, etc. La realidad es que persigue a sus trabajadores sindicalizados. Amnistía Internacional, en un reporte en octubre de 2020,8 hizo un llamado a esta empresa a que “respete los derechos de los trabajadores y trabajadoras, y, en concreto, el derecho a fundar sindicatos y a afiliarse a ellos”.

Este contexto exhibe que las medidas voluntarias no son suficientes. A 10 años del lanzamiento de los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos de las Naciones Unidas, afirmamos que el mecanismo contiene claros compromisos consecuentes con principios internacionales , y que han dado un impulso importante para avanzar esta agenda. Sin embargo, su implementación ha sido muy limitada. Por eso  es fundamental comenzar a transicionar de medidas voluntarias a los mecanismos obligatorios que garanticen que las empresas respetarán los derechos humanos y el medio ambiente.

Uno de estos mecanismos es la adopción y la ratificación por los Estados del Instrumento internacional jurídicamente vinculante que regule a las empresas transnacionales y otras empresas (“Tratado Vinculante”).9 El instrumento internacional de la ONU en materia de derechos humanos ha estado en negociaciones durante más de seis años, con un fuerte movimiento internacional de sociedad civil respaldando el proceso y presionando para que haya avances.

Varios Estados de la región incluyendo México, Argentina, Brasil, Costa Rica, Cuba, Chile, Ecuador y Panamá, entre otros, han estado contribuyendo al proceso, pero el gran sostén es la sociedad civil y los movimientos de personas afectadas y sindicatos. Ante la séptima sesión del Grupo de Composición Abierta intergubernamental por un Tratado Legalmente Vinculante en Materia de Empresas y Derechos Humanos, que se realizará el próximo mes, crecen las preocupaciones porque el proyecto tiene pocos avances, una débil tracción política entre los Estados y la negativa especialmente de países de la Unión Europea, Rusia o China. Paradójicamente, los organismos internacionales llaman a Estados y especialmente al sector privado a Construir Mejor en el marco de la Agenda 2030,10 y hasta se asoman propuestas tributarias interesantes, como el acuerdo de ministros de finanzas de los países más ricos del mundo sobre un impuesto mínimo global a las multinacionales11 o la reciente propuesta de EEUU de subir los impuestos a los más ricos. 12

Más allá de lo interesante de estas iniciativas es fundamental avanzar en el desarrollo de mecanismos obligatorios de debida diligencia en materia de derechos humanos, el acceso a la justicia, remedios y reparación. El Tratado Vinculante es un paso importante en esa dirección.

Para superar los lavados de imagen de las empresas y realmente avanzar hacia una agenda sustantiva de empresas y derechos humanos es fundamental involucrar directamente a las comunidades afectadas, personas defensoras de los derechos humanos, trabajadores y trabajadoras y sociedad civil. También es necesario crear conciencia y dialogar con los inversionistas institucionales que pueden ejercer influencia directa sobre las empresas y tomar mejores decisiones sobre sus inversiones para que incorporen una perspectiva social, ambiental y de gobernanza adecuada.

Estos tiempos deben abrir caminos hacia modelos alternativos y justos para todas las personas, propuestas socioecológicas, economías circulares basadas en una relación saludable con el medio ambiente y la tecnología más allá de propuestas puramente economicistas. Es tiempo de refundar un sistema en el cual las personas gocen de trabajos dignos y se dé prioridad a los cuidados y al trabajo reproductivo. Modelos a partir del acumulado de las economías feministas, ecologistas, participativas y basados en los principios de los derechos humanos desde una perspectiva de interseccionalidad que aborde las necesidades de los colectivos marcados por sus diversas identidades y culturas.

* Paulina Madero Suárez (@paulinamaderos) y Alejandra Scampini (@ascampini74) son asociadas de vinculación estratégica e incidencia en la organización de la sociedad civil por la rendición de cuentas empresarial Proyecto sobre Organización, Desarrollo, Educación e Investigación (@PODERlatam).

* Este artículo fue publicado en El Plumaje de Animal Político.

  1. Korn Ferry, World Most Admired Companies. Revista Forbes. 2021. Ver texto aquí.
  2. Daniel Berliner and Aseem Prakash, “Bluewashing” the Firm? Voluntary Regulations, Program Design, and Member Compliance with the United Nations Global Compact” (2015) Disponible aquí.
  3. Grupo México, Política General de Derechos Humanos. Disponible aquí.
  4. PODER, Urge reparación Integral y acceso a la justicia a 7 años del derrame de Grupo México en el Río Sonora: OSC (2021). Disponible aquí.
  5. PODER, Más allá del arcoíris: empresas y derechos humanos de la comunidad LGBT+ (2021) Disponible aquí.
  6. Ibid.
  7. Amazon. Amazon TV Commercial, ‘Thank You Amazon Heroes. 2021 Spot publicitario, ver aquí.
  8. Amnistía Internacional. Declaración Pública: Ya es hora de que Amazon respete el derecho del personal a sindicarse. Octubre 2020. Disponible aquí.
  9. Consejo de Derechos Humanos de la Asamblea General de las Naciones Unidas, ‘Elaboración de un instrumento internacional jurídicamente vinculante sobre las empresas transnacionales y otras empresas con respecto a los derechos humanos’ (2014). Disponible aquí.
  10. Naciones Unidas. ‘Opening Remarks at Special Event “SDG Acceleration Actions to Build Back Better. (2021) Disponible aquí.
  11. New York Times, ‘Finance Leaders Reach Global Tax Deal Aimed at Ending Profit Shifting’ (2021). Disponible aquí.
  12. Los Angeles Times, ‘Biden: Es hora de que las grandes empresas y los ricos paguen de forma justa’ (2021). Disponible aquí.