Seis contratos con una constructora brasileña, una casa en Lomas de Bezárez en la Ciudad de México y el extitular de Petróleos Mexicanos (Pemex) prófugo en España, fueron los elementos que dieron cabida a uno de los juicios más complejos para la actual administración del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO).

Se trata del caso Lava Jato que inició en Brasil en 2014 y en el cual, a la llegada de AMLO como titular del Ejecutivo, ya existían sentenciados en siete países del continente, generando imputaciones de altos mandos en todos ellos. Pero México era, y sigue siendo, la excepción.

La primer denuncia está fechada en 2017 y se realizo vía JusticiaNet, plataforma virtual interna del Gobierno donde los funcionarios públicos pueden enviar denuncias anónimas de posibles casos que requieren ser investigados. Es decir, tres años después de los casos judiciales internacionales, México apenas iniciaba las primeras indagatorias de lo que apuntaba a ser el mayor caso de desvío de recursos en América Latina.

El 17 de junio de 2020, el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) reveló ante las cortes de México el primer contrato por el cual se investigaba e imputaba a los hermanos Emilio y Gilda Lozoya Austin y el denominado “Rey del Acero”, Alonso Ancira Elizondo, socio del corporativo Altos Hornos de México: se trataba de la adquisición de un inmueble ubicado en Lomas de Chapultepec con dinero ilícito proveniente del acuerdo, entre ejecutivos de Pemex y Odebrecht para comprar la planta chatarra Agronitrogenados, propiedad de Altos Hornos de México S.A. de C.V., a sobrecosto, tal y como lo reveló PODER en junio de 2019.1

La ruta fiscal que según las autoridades de la FGR, Pemex y la UIF, utilizaron estos funcionarios para desviar fondos federales a cuentas en Ginebra, Suiza, fueron depósitos desde Monclova, Coahuila, a las cuentas en el extranjero de una empresa propiedad de la hermana de Emilio Lozoya. El hecho ocurrió en diferentes exhibiciones a favor de la empresa denominada Tochos Holding Limited, donde Gilda Susana Lozoya es la beneficiaria. Primero por la cantidad de 500 mil dólares americanos, después 1 mdd y finalmente, en noviembre de 2012, 800 mil dólares. El dinero, según las narraciones ministeriales, sería utilizado para adquirir el inmueble ubicado en Ladera 20 interior 11, en la colonia Lomas de Bezárez en la Ciudad de México.

Pero el contrato que mencionan las autoridades mexicanas durante la audiencia en contra de la familia Lozoya y el empresario de Altos Hornos, apenas contempla 3 millones de dólares de los 19.7 que fueron declarados en las audiencias por el caso Lava Jato por los propios trabajadores entrevistados durante el juicio, es decir, una muy pequeña parte del monto total. Por lo que las indagatorias continúan inconclusas en México o los testigos protegidos mintieron frente a la corte de Nueva York.2

Dado que la UIF, Pemex y FGR solicitaron todos los acuerdos monetarios relacionados con las firmas Odebrecht y Braskem, se puede asumir que un segundo caso (de contrato) se trata de lo relacionado con la planta Etileno XXI.3

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Dicho contrato fue firmado bajo la administración del panista Felipe Calderón Hinojosa, pero fue el presidente Enrique Peña Nieto quien impuso un arancel del 5% sobre el precio del kilo de polietileno de baja densidad lineal (LLDPE) importado, según el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Etileno XXI es uno de los proyectos de infraestructura energética mexicanos en los que participó Odebrecht, señalada por financiar la campaña presidencial de Peña Nieto y sobornar con 10 millones de dólares a Emilio Lozoya, entonces director de Pemex.

Con el proyecto de Etileno XXI, Pemex decidió dejar de invertir en la ampliación de sus plantas para polietileno Cangrejera y Morelos y dar prioridad al proyecto de capital privado. Incluso así lo dejó saber el gobierno en su Programa Nacional de Infraestructura 2012-20174 Fue tanta la priorización que Pemex no calculó que no tendría suficiente etano para las tres plantas, pues se comprometió a proveer 66 mil toneladas de gas etano diario a Braskem-Idesa, para que ésta pudiera transformarlo en etileno y su derivado polietileno.

Los expedientes ocultos

A pesar del esfuerzo por revelar el resto de contratos, la opacidad imperó en los procesos. El jueves 14 de febrero de 2019 el propio Andrés Manuel López Obrador, aseguró que el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) se había negado a revelar los expedientes del caso Lava Jato pero la realidad es que fue la Fiscalía General de la República, es decir, la Unidad de Transparencia de Gertz Manero, quien se negó, por lo menos a la solicitud realizada por este medio de comunicación, a entregar los avances en versiones públicas de dichas indagatorias.

La información otorgada a PODER luego del litigio se encuentra casi totalmente testada, es decir, al tratarse de versiones públicas de una investigación en curso, la información completa continuará en total opacidad para la ciudadanía.5

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Este fenómeno lo explica, en entrevista exclusiva para PODER, el doctor Edgardo Buscaglia como una consecuencia de las deficiencias que tiene el sistema judicial en el país. Pues al no existir leyes vinculantes para que la sociedad civil pueda colaborar con las investigaciones por casos de corrupción, la tasa de impunidad y los mecanismos de transparencia, simplemente fracasan.

“Tenemos que entrar al rol que tiene la ciudadanía y el rol que tienen las instituciones de Estado, es decir la Unidad de Inteligencia Financiera o la Fiscalía que por iniciativa propia (o sea de oficio) pueda iniciar una carpeta de averiguación (…) En general en los países en dónde existe un rol muy activo de la ciudadanía, en donde existen leyes y no solo de acceso a la información, sino leyes que permiten que esta sociedad civil tan especializada audite al Estado, las investigaciones, las causas, las sentencias, a los órganos regulativos, los resultados, son más claras. Es decir, cuando la ciudadanía audita, gran parte de las denuncias por corrupción sea tráfico de influencia, conflicto de interés o enriquecimiento, llegan a través de ciudadanía especializada porque no son ellos quienes reciben contratos millonarios”, explicó.

El doctor Buscaglia también ejemplificó como redes de acción ciudadana a grupos de periodistas a quienes trabajaron con casos como los Panama Papers o los Pandora Papers. El problema o las deficiencias que visualiza en los sistemas de justicia mexicanos, según explica, surge cuando no existen leyes vinculantes con las que estos grupos de personas puedan obligar al Estado a continuar con las investigaciones pertinentes o que puedan surgir de estos señalamientos.

El proceso de denuncia y los papeles de Odebrecht

En un origen, la denuncia mexicana por el caso Lava Jato únicamente solicitaba que, tras las declaraciones en las cortes de Nueva York, las autoridades realizaran las indagatorias por “posible daño patrimonial” y en contra de “quién resulte responsable”.

El expediente quedó registrado con el número de folio FED/SEIDF/CGI-CDMX/0000117/2017 e interpuesto, según la información anexada en el expediente y proporcionada por la propia Fiscalía General de la República a PODER, por una institución y no por un denunciante.

Es decir, fue el propio gobierno de México quién inicio las averiguaciones judiciales haciendo uso de una herramienta para alertadores. De hecho, en la carpeta de averiguación, la entonces Procuraduría General de la República (PGR), ahora FGR, reconoce que ya existen sentencias en cortes norteamericanas y que por ese motivo, se iniciarán las indagatorias que corresponden a la alerta de JustiaNet. Este fenómeno también lo explica el doctor Buscaglia: “La justicia mexicana está esperando a que un valiente denuncie casos de corrupción, las investigaciones por oficio son casi nulas”, asegura.

Las imputaciones en cuestión fueron dos: por Artículo 222 fracción primera del Código Nacional de Procedimientos Penales, que refiere a trabajadores del Estado Mexicano que por sí o por interposta solicite o reciba dinero (es decir sobornos) por motivos del trabajo que realiza; la segunda imputación fue por Artículo 224, que refiere a casos de Enriquecimiento Ilícito.

Por otra parte, los elementos probatorios que presentó el Gobierno de México liderado por Andrés Manuel López Obrador a los países en donde se solicitó cooperación internacional, eran casi en su totalidad recortes de periódicos, dos entrevistas con testigos de Petróleos Mexicanos que se encuentran testadas y una traducción no oficial de los juicios elaborados en Nueva York.

Las autoridades de la FGR solicitaron a Pemex acceso a los seis contratos que firmó en alianza con la constructora Odebrecht, mismos que fungieron como único elemento para que las investigaciones en contra de la constructora brasileña, Odebrecht y/o su subsidiaria petroquímica, Braskem, procedieran.

La firma subsidiaria de Pemex que la FGR relaciona con la firma Braskem se trata de “Pemex Transformación Industrial”, publicado en el DOF el 28 de abril 2015, página 22 del primer contrato. Con dicho contrato se acuerda generar la empresa que finalmente sería la que operó con Odebrecht, información estipulada en el Acuerdo “CA-189/2015” de Petróleos Mexicanos y que se encuentra testado en el expediente.

La hecatombe judicial

Edgardo Buscaglia sostiene que el sistema jurídico mexicano carece de protocolos básicos e internacionales de combate a la corrupción.
–El modelo científico que nosotros adaptamos para evaluar a un país, porque tiene que existir un modelo como simplificador de la realidad de factores que ayudan o frenan a la corrupción. Este modelo es un sistema jurimétrico (así se le llama) y analiza la efectividad de las instituciones que se supone deberían frenar la corrupción, estas instituciones tienen naturaleza política y policiales que son todo el eslabón del sistema judicial, y finalmente, instituciones sociales.

–Esas instituciones, idealmente, deberían estar plasmadas en instrumentos legales. Es decir, nosotros tomamos todos los conceptos legales internacionales que los países, soberanamente, se comprometieron a aplicar. No es que venga Buscaglia a evaluar a México con base a sus estándares caprichosos. No, los evaluamos con base a convenciones de las Naciones Unidas que México soberanamente está obligado a aplicar porque se comprometió o ratificó.

–Yo te voy a decir lo que las autoridades de Brasil hicieron o lo que las autoridades de Perú hicieron. Cuando se encontraron con denuncias que básicamente provenían de testimonios de testigos protegidos arrepentidos en los procesos de Brasil, entonces claro, estos arrepentidos eran en su mayoría gerentes de Odebrecht que decían: “canalizamos tantos millones de dólares al presidente de Perú o varios presidentes a quienes se procesó por el caso Odebrecht. Es decir, se trata de un caso de delincuencia organizada y no la basilada de Asociación delictuosa que es un delito que se le aplica a estructuras de delincuentes que son del mismo espectro, es decir, casi un delito familiar como lo pretende presentar la fiscalía”.

De forma contraria a lo que el investigador reconoce como una ruta eficiente de justicia, México decidió dar un trato preferencial a su principal imputado; desde la perspectiva de Edgardo Buscaglia no existen precedentes de que un testigo con alto riesgo de fuga como Emilio Lozoya, pueda conseguir trato favorable como el arresto domiciliario, para posteriormente encarcelarlo luego de un escándalo en medios de comunicación.

Durante la audiencia, las autoridades mexicanas justificaron dicha decisión debido a que el imputado se encontraba inestable de salud, según lo reportado por el CJF. Sin embargo, Buscaglia explica que estos privilegios corresponden únicamente a personas en situación de reclusión que forman parte de poblaciones de adultos mayores.

Al respecto, es importante mencionar que, los abogados de Emilio Lozoya Austin en México fueron: Miguel Ontiveros Alonso y Alejandro Rojas Pomeda. PODER solicitó entrevista con dichos personajes y con las autoridades de la Fiscalía General de la República encargadas de gestionar el caso Odebrecht pero hasta el momento del cierre de esta edición, ninguno respondió. Por su parte, el área de comunicación de la FGR aseguró que tienen como política interna que toda información relacionada con el caso Odebrecht se comunique a través de boletines de prensa.

  • Descargue aquí la versión estenográfica de la audiencia por el caso Odebrecht.
  • Descargue aquí los lineamientos básicos de la metodología presentada por Edgardo Buscaglia.

El Dr. Edgardo Buscaglia es un escritor, asesor internacional, académico, líder de sociedad civil y filántropo que se especializa en apoyar a Estados y a Sociedades Civiles para prevenir y para desmantelar a redes criminales transnacionales compuestas por actores estatales y no estatales. En estas dimensiones, el Profesor Buscaglia actualmente se desempeña como Académico Investigador «Senior» en Derecho y Economía («Senior Law and Economics Scholar«) en la Universidad de Columbia (Nueva York, Estados Unidos de América), como Director del «International Law and Economic Development Centre», como Presidente del Directorio del “Friends of the Wildlife Justice Commission” (USA) y como Presidente del Instituto de Acción Ciudadana (México)

Obtuvo su doctorado en derecho y economía y también estudios post-doctorales en jurisprudencia y política social de la Universidad de Illinois, Urbana-Champaign y de la Universidad de California en Berkeley (EUA), respectivamente. Es además co-fundador de la Asociación Latinoamericana e Ibérica de Derecho y Economía (ALACDE).6

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