En 2015 la comunidad nahua de Tecoltemi demandó a la Secretaría de Economía por haber entregado a Almaden Minerals LTD dos concesiones sin consulta ni consentimiento. Además, pidió que se analizara la inconstitucionalidad de la Ley Minera, pues sus artículos 6, 15 y 19 violan de manera directa derechos de pueblos indígenas y ejidos.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) este miércoles tendrá la oportunidad de equilibrar un poco más la desigual balanza de poder entre las corporaciones del sector minero (nacionales y extranjeras) y las comunidades indígenas en todo el país.
La llave para acercar a las comunidades hacia un Estado de Derecho la tiene la Primera Sala de la SCJN cuando -confiamos- resuelva y confirme que los derechos humanos de la comunidad Nahua y Ejido de Tecoltemi, del municipio de Ixtacamaxtitlán, Puebla, fueron violados no solo cuando sus tierras y recursos fueron entregados a la minera canadiense Almaden Minerals Ltd -mediante su filial mexicana Minera Gorrión SA de CV– sino también cuando se exhiba que el marco legal para las industrias extractivas -la actual Ley Minera- abiertamente esquiva la Constitución Mexicana y convenios internacionales que México ha firmado, como ya han señalado anteriormente comunidades y organizaciones de la sociedad civil.
Esta no es la primera polémica en la que se encuentra envuelta la firma canadiense, como ya se ha compartido anteriormente en este espacio. Es fundamental que las y los inversionistas detrás de los proyectos de Almaden Minerals Ltd conozcan a fondo la información que pueda conllevar eventuales riesgos materiales para que las decisiones puedan ser tomadas considerando estos factores y también las responsabilidades y obligaciones en materia de Ambiente, Gobernanza y Sociales, así como en derechos humanos.
La definición que tome la SCJN en este caso -que acompañan jurídicamente las organizaciones Consejo Tiyat Tlali y Fundar, Centro de Análisis AC- estará sentando un precedente importantísimo para la defensa de derechos humanos de todas la comunidades indígenas y ejidos del país que viven situaciones de abuso similares, propiciadas por un andamiaje legal abusivo e intereses de una élite empresarial que en otros momentos hemos señalado está detrás de lo que llamamos Captura del Estado).
Para entender este caso con mayor claridad basta recordar que en 2015 la comunidad demandó a la Secretaría de Economía por haber entregado a Almaden Minerals LTD dos concesiones sin consulta ni consentimiento. Además, pidió que se analizara la inconstitucionalidad de la Ley Minera, pues sus artículos 6, 15 y 19 violan de manera directa derechos de pueblos indígenas y ejidos. Mediante estos artículos se entregan los territorios a las empresas mineras. En resumen, el artículo 6 dice que las actividades mineras son de “utilidad pública” y tienen preferencia sobre cualquier otra cosa; el 15 que las concesiones se pueden extender ¡hasta por 100 años!, y el 19 que las mineras pueden ocupar los terrenos y usar toda el agua que necesiten. Todo esto sin importar las consecuencias que estas acciones pueden tener en las comunidades que habitan esos territorios.
En 2019 un juzgado declaró ilegales las concesiones y reconoció que se violó el derecho a la consulta y al consentimiento indígena. Sin embargo, no analizó el otro tema muy relevante que es la inconstitucionalidad de la Ley Minera, luego de una serie de impugnaciones de las partes, el asunto llegó al Segundo Tribunal Colegiado en materia administrativo, que decidió enviarlo a la SCJN, tema que será analizado este miércoles y por lo que desde la sociedad civil hacemos este llamado a que la máxima Corte del país haga lo correcto y contribuya a frenar esta deuda histórica con las comunidades indígenas y con la nación.
La trascendencia de esta lucha es tan fundamental que la semana pasada la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) se pronunció porque la Corte “tenga como principios fundamentales proteger la vida y priorizar el bienestar común, así como garantizar el derecho de consulta de los pueblos indígenas”.
El caso de la extraordinaria lucha de la comunidad de Tecotelmi pone de relieve lo que desde hace años han denunciado defensoras y defensores de derechos humanos: la necesidad de una reforma urgente y profunda a la actual legislación.
En agosto del año pasado, la colectiva “CambiémoslaYa” -conformada por comunidades, organizaciones de la sociedad civil, personas defensoras de derechos humanos y representantes de la academia, presentó 6 puntos clave para modificar la Ley Minera, porque “su contenido ha posibilitado las violaciones a derechos humanos y los privilegios de las empresas mineras (…) y porque ha beneficiado a una pequeña élite empresarial que ha acumulado fortunas a costa de la nación». Los cambios que propone la colectiva son:
- Eliminar el carácter de utilidad pública y preferente de las actividades mineras.
- Hacer efectivo el derecho a decidir de las comunidades y pueblos respecto del otorgamiento de concesiones mineras.
- Cambiar el esquema y régimen abusivos de las concesiones.
- Quitar los privilegios de acceso a la tierra y al agua que se otorgan a las empresas.
- Blindar Áreas Naturales Protegidas, sitios sagrados, arqueológicos y Ramsar de las actividades mineras. Prohibir la minería de metales preciosos con las técnicas de tajo a cielo abierto, así como el uso de cianuro y mercurio en los procesos de lixiviación.
- Que las empresas mineras transparenten la información relacionada con su actividad, incluyendo lo relativo a sus estados financieros.
Varios de los puntos presentados por esta colectiva coinciden con asuntos sobre los que la SCJN deberá pronunciarse y sentar un precedente mañana. Cualquiera puede tomar acción y actuar por una ley minera más justa, y para sumarse al llamado de la comunidad de Tecotelmi pueden hacerlo mediante un llamado digital a la Corte mediante la petición en línea aquí.
Las y los tomadores de decisiones interesados en revisar a fondo una propuesta concreta para avanzar hacia una Ley Minera más justa pueden revisar una iniciativa presentada por la senadora Susana Harp y el senador José Narro Céspedes el pasado 14 de diciembre en este enlace.
* Miguel Soto Treviño (@Miguel_STrev) es director de vinculación estratégica y campañas de incidencia en la organización de la sociedad civil Proyecto sobre Organización, Desarrollo, Educación e Investigación (@poderlatam).
* Este texto fue publicado en El Plumaje de Animal Político.