La ley minera ha cambiado a favor de los pueblos y el medio ambiente, al eliminar el carácter de preferente a la actividad minera y la expropiación como derecho del concesionario.
“Hoy las comunidades en resistencia hicieron historia y nos felicitamos con ellas sabiendo que seguirán construyendo la justicia”. Con esas palabras la Colectiva Cambiémosla Ya, integrada por comunidades, movimientos, organizaciones y academia, anunció la aprobación en el Senado de las reformas a la Ley Minera -renombrada como Ley de Minería- y otras leyes secundarias cuya modificación, junto con el de aquel ordenamiento, se imponía.
Al respecto recomendamos la consulta del comunicado No. 016 Reforma integral a la actividad minera, de la Secretaría de Economía, que brinda un panorama resumido y completo de las reformas.1 Para quien tenga interés en informarse sobre los derroteros de esta reforma, compartimos los artículos titulados “Tres lecciones que nos deja la Reforma a la Ley Minera”, de Maira Olivo, 2 y “La Ley Minera, cruel radiografía política de México”, de Alejandro Calvillo.3
Las reformas fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 8 de mayo,4 lo que significa que en este momento la legislación ha cambiado a favor de los pueblos y el medio ambiente, al eliminar el carácter de preferente a la actividad minera y la expropiación como derecho del concesionario, así como establecer en ley la consulta para la obtención del consentimiento de pueblos y comunidades indígenas y afrodescendientes que marca un hito en las reivindicaciones sociales, entre otras. La aplicación de las medidas más protectoras de esta histórica reforma no puede esperar más.
Cabe puntualizar que no se trata de una nueva Ley, sino de una reforma profunda a la Ley existente, así como a otras leyes secundarias que necesariamente se relacionan, más si se atiende a lo que ha ocurrido en la práctica real de la actividad minera en el país: tragedias de las que las y los trabajadores mineros y sus familias han sido víctimas; los desastres ambientales; la falta de regulación efectiva de la actividad, y la impunidad con la que las corporaciones han podido actuar beneficiadas por una legislación injusta desde los primeros enunciados de su articulado.
En este texto, sin embargo, recogeremos otros acontecimientos que enmarcan las modificaciones legales y que, si bien pueden no relacionarse directamente, dan cuenta de la imperiosa necesidad de estas reformas y echan luz sobre las razones por las cuales prosperó.
Algo que caracterizó esta reforma y sus avances, además del crucial protagonismo de las comunidades afectadas a lo largo del proceso legislativo, fue la participación de las mujeres. Es conocido que a lo largo de las luchas sociales las mujeres siempre están presentes, pero ello no implica necesariamente que sean visibles, ni que su presencia sea equilibrada en los diferentes planos que los procesos van atravesando. Si bien estamos lejos de creer que el equilibrio se encuentre restablecido, no podemos dejar de ver que a lo largo de estas reformas hubo una presencia importante de mujeres, desde los movimientos y organizaciones, pero también legisladoras y secretarias de Estado que impulsaron lo mejor de sus contenidos, enfrentándose con arrojo a los poderes fácticos que prefieren que las cosas permanezcan como están inclusive a costa de la barbarie legalizada, siempre que ello convenga a sus intereses. Estimamos que la articulación que se dio tan natural entre las reivindicaciones de los pueblos y la perspectiva de género, fue un factor decisivo en el proceso, que potenció las capacidades para cimbrar estructuras injustas.
Ahora bien, otras cuestiones de contexto que se recogen a continuación dan cuenta de la necesidad de la reforma por un lado, así como a futuro lo imperioso que es que la legislación reformada se implemente a la brevedad y se traduzca en un primer paso de modificaciones estructurales más amplias.
A tres días de que fuera publicada la iniciativa del Poder Ejecutivo5 el 28 de marzo en la Gaceta Parlamentaria, fue desaparecido y asesinado el defensor indígena Eustacio Alcalá6 en la zona limítrofe entre Michoacán y Colima, donde a inicios de este año fueron desaparecidos los defensores del territorio Ricardo Lagunes y Antonio Díaz, quien acompañado por el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh) fue impulsor de un juicio de amparo que obtuvo una sentencia favorable a su comunidad, que mandata la suspensión de las concesiones y la realización de una consulta indígena.7 Fallo que no se ha visto enteramente reflejado en beneficio del pueblo, debido a que la Secretaría de Economía continuó litigando, a pesar de la exigencia de la sociedad civil para su implementación inmediata.
Diez días después de la publicación de las reformas en el DOF, en medios de comunicación trascendía la muerte, probable suicidio, de una joven viuda por la tragedia del Pinabete, ocurrida en agosto de 2022 en Coahuila, en el que un derrumbe causado por la irregularidad con la que opera la actividad minera cobró la vida de diez mineros.8
Con la lectura de estos casos y al recorrer la documentación colectiva “Así se ve la minería en México”,9 donde se constata el despojo, la destrucción y los abusos de la industria minera hacía el pueblo mexicano, así como la falta de controles a la misma, cabe preguntarse quién podría querer “echar abajo” una reforma que, si bien quedó corta, sí cumple con el objetivo de ir modificando estructuras insostenibles en beneficio de los pueblos y del territorio. Y la conclusión a la que se llega es que quien pretendiera “echar abajo” una reforma de este calado obedece a los intereses de un sistema opresor que literalmente asesina y destruye irreversiblemente el medio ambiente, ello con independencia de las buenas intenciones con las que se disfrace.
Se puede ver con entereza al futuro cuando los pueblos son los auténticos impulsores de las reformas legales que necesitan y sabrán defenderlas con dignidad. Con estas reformas los pueblos han hecho historia y la seguirán haciendo hasta lograr resarcir la deuda debida al despojo corporativo que se ha mantenido por más de treinta años por una Ley Minera obsoleta.
* Cynthia Denisse Arco Amarillo Lohr y Victoria Beltrán Camacho integran el área de Litigio Estratégico en @PODERlatam.
Este artículo fue publicado en El Plumaje de Animal Político.
- Disponible aquí. ↩
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- Que posteriormente sería modificada dotándola de mayor laxitud regulatoria en algunos puntos. ↩
- Eustacio Alcalá: otro defensor comunitario del ambiente asesinado, Centro Prodh en Animal Político, 11 de abril de 2023. ↩
- Comunicado: Comunidad indígena nahua en Michoacán gana amparo contra concesiones mineras, 30 de enero de 2022, Centro Prodh y Red Solidaria de Derechos Humanos. ↩
- Por qué se derrumbó la mina El Pinabete según Protección Civil, 6 de septiembre de 2022, Infobae. ↩
- Disponible aquí. ↩