Conocer quiénes son las personas que directamente se benefician de la extracción de los minerales, petróleo y gas no solamente es un compromiso asumido por nuestro país sino que representaría un avance en el derecho de acceso a la transparencia por la relevancia que tiene esa información para inhibir actos ilícitos de alto impacto en las finanzas públicas.
En los últimos años, a nivel nacional e internacional, se ha develado una serie de casos de corrupción, evasión fiscal y lavado de dinero en los que se involucra a varias empresas, de las cuales es difícil conocer la identidad de sus Beneficiarios Reales (BR)1 debido a sus complejas estructuras corporativas, lo que les permite permanecer en el anonimato. Los Beneficiarios Reales son las personas físicas que en última instancia se favorecen económicamente de los proyectos empresariales privados y/o ejercen control directo, o indirecto, en la toma de decisiones de una empresa.2 La opacidad de tales entidades es la que facilita la comisión de actos ilícitos, por ejemplo, el caso de los Panama Papers que en 2016 se exhibió cómo una serie de empresas fueron creadas y gestionadas por la firma panameña Mossack Fonseca, la cual proveía servicios para la fundación de sociedades offshore, modalidad que ha sido utilizada como una forma de evadir el pago de impuestos y la comisión de otros delitos.
En consecuencia, es fundamental avanzar en las estrategias contra la corrupción, rendición de cuentas y transparencia empresarial, a partir de la divulgación de los BR de las empresas, toda vez que se trata de una forma de contrarrestar el fenómeno de la captura corporativa del Estado y de fortalecer las estrategias de defensa y de acceso a la justicia cuando las empresas cometen violaciones a los derechos humanos. Además, los registros de BR son una fuente de información que podría ser utilizada por autoridades fiscales para combatir la evasión fiscal de las empresas transnacionales, un tema que ha sido parte de la agenda del G20.3
En este contexto se han impulsado diferentes medidas e iniciativas internacionales que promueven la divulgación de los beneficiarios reales como el Grupo de Acción Financiera Internacional (FATF, por sus siglas en inglés) y la Iniciativa para la Transparencia de las Industrias Extractivas (EITI, por sus siglas en inglés), de la cual México es país miembro desde 2017. 4 Esta iniciativa busca transparentar información referente a los flujos financieros de las industrias extractivas. Uno de los requisitos del estándar es la divulgación, a través de un registro público, de los beneficiarios reales incluidas las personas políticamente expuestas (PPE).5 A la par, la Alianza para el Gobierno Abierto (AGA) en México tiene como uno de sus compromisos la divulgación de beneficiarios finales/reales, por lo que la sinergia que pueda existir entre ambas iniciativas podría resultar sumamente provechoso para consolidar un registro público de beneficiarios finales/reales para el 2023; sin embargo se requiere de la voluntad institucional suficiente que pueda articular ambas agendas, lo cual hasta el momento no ha ocurrido y por el contrario han tenido avances limitados de forma autónoma.
Si bien ambas iniciativas representan un paso adelante en la divulgación de la información, existen una serie de retos que se deben superar. Uno de ellos es lograr la máxima publicidad de la información para evitar fenómenos como el openwashing, el cual hace referencia a la manera en la que algunas empresas cumplen con los mínimos requeridos para reportar su cumplimiento, pero en la realidad sus esfuerzos no alcanzan el estándar que se exige para que la información sea sustancial y logre su cometido, afectando así el derecho a la transparencia en el sector extractivo, el cual es sumamente relevante para la sociedad y las comunidades en las que se ubican los proyectos actuales o en donde se pretende realizar otros.
Un ejemplo de lo anterior son los umbrales de participación. Las inversiones en el sector extractivo suelen ser sumamente lucrativas, por lo que si se establecen umbrales altos de titularidad se corre el riesgo de que algunas empresas reporten solamente un número muy limitado de sus beneficiarios reales o incluso a ninguno. Organizaciones como Open Ownership6 y Global Witness han recomendado establecer umbrales bajos a fin de incluir a la mayoría de los beneficiarios reales, incluso aquellos que cuentan con acciones por debajo del 5%, que en este sector puede ser altamente significativas, toda vez que es en esos espacios en los que muchas veces tienen lugar la comisión de delitos.7 Además, es requisito insoslayable que los BR que sean reportados por las empresas sean personas físicas, identificables, mas no personas morales o los representantes legales de las empresas, sino aquellas que tienen la titularidad y ejercen control sobre la entidad.
Nos encontramos en un momento importante y una oportunidad para avanzar en la estrategia de combate a la corrupción y fortalecer la construcción de sistemas de transparencia y rendición de cuentas en un sector que tiene serios impactos tanto en el medio ambiente como en la vida de las personas, provocando en ocasiones graves violaciones a los derechos humanos.8 En consecuencia, es indispensable que se realicen todos los esfuerzos posibles desde el sector público y privado para implementar los mecanismos que lo permitan, así como promover e impulsar las modificaciones necesarias en el marco jurídico.
Las empresas en México están reguladas por la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM), que establece la separación entre la personalidad jurídica de los socios y la personalidad jurídica de la sociedad mercantil (Artículo 2º). Esta separación es la base del derecho corporativo a nivel internacional y es conocida como el velo corporativo. Históricamente, el velo corporativo ha limitado procesos de rendición de cuentas empresarial en agravios a derechos ambientales y humanos. En décadas recientes, sin embargo, la promulgación de nuevos instrumentos legales con alcance extraterritorial —como los marcos regulatorios de anti-lavado de activos y contra financiación del terrorismo (ALA/CFT) a nivel internacional, la Ley contra el Soborno de Reino Unido (UK Bribery Act), la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero de Estados Unidos (Foreign Corrupt Practices Act – FCPA) y la Ley Global Magnitsky sobre Responsabilidad de Derechos Humanos (Global Magnitsky Human Rights Accountability Act) en EEUU—han buscado no sólo transparentar a las empresas, sino penetrar el velo corporativo y aumentar la responsabilidad de una empresa tenedora, y los beneficiarios reales de ésta, con respecto a las actividades y afectaciones de sus subsidiarias.9
Hay varias entidades interesadas en que el registro de beneficiarios finales avance, se supervise su cumplimiento y haya una coordinación interinstitucional. Hay dos en particular que tienen un papel de liderazgo y que en el último par de años han realizado acciones en un intento por impulsar a nivel federal la implementación de los Principios de Transparencia para la Divulgación de los Beneficiarios Finales. Por un lado, está la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que busca cumplir con sus compromisos con el citado Grupo de Acción Financiera Internacional y evitar el lavado de activos y financiamiento del terrorismo. Por el otro lado, está la Secretaría de la Función Pública que también debe de cumplir con los compromisos al ser uno de los siete países que conforman el Grupo de Liderazgo sobre transparencia del Beneficiario Final (BOLG, por sus siglas en inglés).
Ser parte del BOLG implica tener un registro para 2023, con datos que sean accesibles, actuales y adecuados para la descarga gratuita del público en general, así como tener marcos legales adecuados internos y para la cooperación internacional. También implica sanciones por el no cumplimiento a las entidades legales a quienes se les solicita información y no la proporcionan, la entregan falsa, tergiversada o desactualizada.
Conocer quiénes son las personas que directamente se benefician de la extracción de los minerales, petróleo y gas no solamente es un compromiso asumido por nuestro país sino que representaría un avance en el derecho de acceso a la transparencia por la relevancia que tiene esa información para inhibir actos ilícitos de alto impacto en las finanzas públicas, permitiría fortalecer las capacidades de las comunidades y pueblos impactados o posiblemente impactados negativamente que hacen frente a las actividades corporativas en sus territorios; e influiría positivamente en el intento por contrarrestar el fenómeno de la captura corporativa del Estado.
Ahora con la salida de Irma Eréndira Sandoval de la Secretaría de la Función Pública y la llegada del nuevo subsecretario Roberto Salcedo esperamos que se impulse y se retome la agenda, la cual ha sufrido retos en su avance debido a la pandemia por la Covid-19 y que mantiene otros retos importantes tales como: bajar el umbral de propiedad, tener el registro en tiempo y forma, mantener la subida de peldaños en el índice global de percepción de la corrupción y de la transparencia internacional, comunicar al público que esta información está a su alcance, fortalecer la lucha contra la captura corporativa del Estado en esta agenda y, por supuesto, seguir con el compromiso de gobierno para contar con la colaboración interinstitucional y con la sociedad civil. Estas medidas son pasos en la dirección correcta, además, de cara al objetivo amplio para avanzar con firmeza en la siguiente década de los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos.
* Daniel Castrejón e Ivette González (@IGR11) son investigador y asociada senior de vinculación estratégica, respectivamente, en Proyecto sobre Organización, Desarrollo, Educación e Investigación (PODER).
* Este artículo fue publicado en El Plumaje de Animal Político.
- Otros términos con los que se hace referencia son beneficiario controlador, beneficiario final, propietario real o propietario controlador. ↩
- Estándar EITI, 15 de octubre de 2019. Disponible aquí. ↩
- Tax heavens and the taxation of transnational corporations. Disponible aquí. ↩
- EITI. Disponible aquí. ↩
- Las PPE son aquellas personas a quienes se les ha confiado funciones en el servicio público por ejemplo Jefes de Estado o de Gobierno, políticos, oficiales militares o judiciales, ejecutivos de empresas de participación estatal o funcionarios de partidos políticos. Disponible aquí. ↩
- Open Ownership. Octubre 2020) Beneficial Ownership in law: Definitions and Tresholds. Policy briefing. Disponible aquí. ↩
- Global witness. (Marzo 2015). Assessment of EITI Beneficial Ownership pilots. Disponible aquí. ↩
- PODER. Campaña Río Sonora. Disponible aquí. ↩
- PODER (Julio 2019). Los beneficiarios reales de las industrias extractivas en México. Minería e Hidrocarburos. Disponible aquí. ↩